﻿{"id":5137,"date":"2025-02-04T16:01:52","date_gmt":"2025-02-04T16:01:52","guid":{"rendered":"https:\/\/www.acsibiza.com\/?p=5137"},"modified":"2025-09-16T18:27:35","modified_gmt":"2025-09-16T18:27:35","slug":"amnistia-urbanistica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.acsibiza.com\/en\/amnistia-urbanistica\/","title":{"rendered":"Amnist\u00eda Urban\u00edstica: legalizaci\u00f3n de viviendas"},"content":{"rendered":"<p>La <strong>amnist\u00eda urban\u00edstica<\/strong> ofrece una soluci\u00f3n legal para regularizar edificaciones en suelo r\u00fastico que incumplen la normativa. Este proceso extraordinario permite a los propietarios obtener seguridad jur\u00eddica y cumplir con las exigencias legales y ambientales. Descubre aqu\u00ed c\u00f3mo aprovechar esta oportunidad en Baleares.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Legalizaci\u00f3n extraordinaria de viviendas en suelo r\u00fastico<\/h2>\n\n\n\n<p>Proceso extraordinario para la legalizaci\u00f3n de edificaciones, construcciones, instalaciones y usos en suelo r\u00fastico.<\/p>\n\n\n\n<p>Las edificaciones y construcciones existentes en suelo r\u00fastico que, al momento de la <strong>entrada en vigor del decreto ley<\/strong>, ya no puedan ser objeto de medidas para restaurar la legalidad urban\u00edstica, podr\u00e1n ser regularizadas de forma extraordinaria en un plazo m\u00e1ximo de tres a\u00f1os. Este proceso no exige el cumplimiento de los par\u00e1metros urban\u00edsticos habituales para el suelo r\u00fastico, otorgando los mismos derechos y deberes que las obras realizadas con licencia, salvo la prohibici\u00f3n de destinarlas a estancias tur\u00edsticas.<\/p>\n\n\n\n<p>En suelos protegidos por la <strong>Ley 1\/1991, de 30 de enero<\/strong>, sobre espacios naturales y \u00e1reas de especial protecci\u00f3n en las Illes Balears, ser\u00e1 posible legalizar estas edificaciones si se demuestra que fueron finalizadas antes del 10 de marzo de 1991, considerando prescrita la acci\u00f3n para restablecer la legalidad urban\u00edstica.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Cuando haya prescrito la acci\u00f3n de restablecimiento de la legalidad urban\u00edstica<\/h3>\n\n\n\n<p>Los usos o cambios de uso asociados a edificaciones, <a href=\"https:\/\/ibizainformacion.com\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">construcciones<\/a> o instalaciones que hayan dado lugar a una infracci\u00f3n pueden ser regularizados siempre que haya expirado el plazo para aplicar medidas de restablecimiento de la legalidad urban\u00edstica relacionadas con dicho uso irregular, considerando las siguientes normas:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Para los usos implantados <strong>antes del 29 de mayo de 2014<\/strong>, el c\u00f3mputo del plazo de prescripci\u00f3n se entiende iniciado en la fecha que se implantan.<\/li>\n\n\n\n<li>Para los usos implantados <strong>a partir del 29 de mayo de 2014<\/strong>, el c\u00f3mputo del plazo de prescripci\u00f3n se entiende iniciado en la fecha que finalizan.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El procedimiento debe ser iniciado por la persona interesada, presentando una solicitud de licencia de legalizaci\u00f3n extraordinaria ante el ayuntamiento correspondiente. Esta solicitud debe incluir un proyecto t\u00e9cnico que contemple medidas ambientales destinadas a disminuir la contaminaci\u00f3n lum\u00ednica y mejorar la eficiencia energ\u00e9tica e h\u00eddrica de la edificaci\u00f3n, construcci\u00f3n o instalaci\u00f3n. Esto puede lograrse mediante el uso de materiales, t\u00e9cnicas y sistemas constructivos innovadores, la actualizaci\u00f3n de instalaciones, la implementaci\u00f3n de energ\u00eda renovable, la instalaci\u00f3n de dep\u00f3sitos de agua u otros sistemas que reduzcan el consumo energ\u00e9tico e h\u00eddrico de la red. Adem\u00e1s, es necesario incorporar sistemas de depuraci\u00f3n de aguas adaptados al Plan Hidrol\u00f3gico de las Illes Balears.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Proyecto t\u00e9cnico de legalizaci\u00f3n y el proyecto de actividades<\/h3>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" width=\"1000\" height=\"667\" src=\"https:\/\/www.acsibiza.com\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/amnistia-urbanistica-ibiza.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-5139\" srcset=\"https:\/\/www.acsibiza.com\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/amnistia-urbanistica-ibiza.jpg 1000w, https:\/\/www.acsibiza.com\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/amnistia-urbanistica-ibiza-300x200.jpg 300w, https:\/\/www.acsibiza.com\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/amnistia-urbanistica-ibiza-768x512.jpg 768w, https:\/\/www.acsibiza.com\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/amnistia-urbanistica-ibiza-18x12.jpg 18w\" sizes=\"(max-width: 1000px) 100vw, 1000px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Asimismo, en los casos en los que el uso de que se trate en cada caso constituya una actividad a los efectos de <strong>la Ley 7\/2013, de 26 de noviembre<\/strong>, de r\u00e9gimen jur\u00eddico de instalaci\u00f3n, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears, se tiene que incorporar el proyecto t\u00e9cnico de legalizaci\u00f3n el correspondiente proyecto de actividades, en el cual se tienen que prever las modificaciones que, si procede, sean legalmente exigibles para cumplir la normativa vigente en materia de actividades.<\/p>\n\n\n\n<p>La legalizaci\u00f3n extraordinaria est\u00e1 condicionada al pago de las tasas e impuestos estipulados en la normativa vigente para nuevas edificaciones, construcciones o instalaciones. Adem\u00e1s, el solicitante deber\u00e1 realizar un aporte econ\u00f3mico al ayuntamiento. Los <strong>fondos recaudados mediante este concepto<\/strong> ser\u00e1n destinados a la adquisici\u00f3n, conservaci\u00f3n, protecci\u00f3n y <a href=\"https:\/\/ibizainformacion.com\/vivienda-sostenible-2\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">gesti\u00f3n sostenible<\/a> de espacios y recursos naturales, as\u00ed como al fortalecimiento del patrimonio municipal de suelo.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Todo sobre la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica de Amnist\u00eda Urban\u00edstica<\/h2>\n\n\n\n<p>El importe de la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica mencionada se determinar\u00e1 en la resoluci\u00f3n que autorice la legalizaci\u00f3n extraordinaria, calcul\u00e1ndose seg\u00fan los porcentajes indicados a continuaci\u00f3n, basados en el coste de ejecuci\u00f3n material de la edificaci\u00f3n, construcci\u00f3n o instalaci\u00f3n que figure en el expediente:<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>a)&nbsp;<\/em><\/strong><strong>El 10%<\/strong> si la legalizaci\u00f3n se solicita en el primer a\u00f1o de la vigencia de este procedimiento.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>b)&nbsp;<\/em><\/strong><strong>El 12,5%<\/strong> si se solicita en el segundo a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>c)&nbsp;<\/em><\/strong><strong>El 15%<\/strong> si se solicita en el tercer a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p>El c\u00e1lculo del coste de ejecuci\u00f3n material debe basarse en los valores vigentes al momento de presentar la solicitud de legalizaci\u00f3n extraordinaria. En casos donde la legalizaci\u00f3n extraordinaria implique usos o cambios de uso relacionados con edificaciones, construcciones o instalaciones, los porcentajes establecidos se aplicar\u00e1n sobre el coste de ejecuci\u00f3n material vinculado a dicho uso, siempre que la edificaci\u00f3n, construcci\u00f3n o instalaci\u00f3n no est\u00e9 incluida tambi\u00e9n en el proceso de legalizaci\u00f3n extraordinaria. Si es as\u00ed, solo se exigir\u00e1 la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica correspondiente a la legalizaci\u00f3n de la edificaci\u00f3n, construcci\u00f3n o instalaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, para los solicitantes sujetos al impuesto sobre la renta de las personas f\u00edsicas, el importe de la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica derivada de los porcentajes indicados podr\u00e1 ser reducido seg\u00fan los siguientes criterios:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>En un 50%<\/strong> cuando se trate de contribuyentes la base imponible total de los cuales, calculada en la media de la correspondiente a los cuatro \u00faltimos ejercicios fiscales, no rebase los 33.000 euros en caso de tributaci\u00f3n individual o los 52.800 euros en caso de tributaci\u00f3n conjunta.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>En un 25%<\/strong> cuando se trate de contribuyentes la base imponible total de los cuales, calculada en la media de la correspondiente a los cuatro \u00faltimos ejercicios fiscales, no rebase los 52.800 euros en caso de tributaci\u00f3n individual o los 84.480 euros en caso de tributaci\u00f3n conjunta.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Cuando no se aplica el procedimiento extraordinario regulado<\/h3>\n\n\n\n<p>Cuando no se aplica el procedimiento extraordinario regulado ocurre lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Las edificaciones, construcciones o instalaciones que, de acuerdo con el planeamiento vigente, <strong>queden sujetas a expropiaci\u00f3n<\/strong>, cesi\u00f3n obligatoria y gratuita o derribo.<\/li>\n\n\n\n<li>Las edificaciones, construcciones o instalaciones situadas <strong>en el dominio p\u00fablico<\/strong>, en la zona de protecci\u00f3n de las carreteras o en las servidumbres derivadas de la legislaci\u00f3n de costas.<\/li>\n\n\n\n<li>Las edificaciones, construcciones, instalaciones y usos que impliquen el <strong>ejercicio de una actividad<\/strong> para la cual se requiera, de acuerdo con la legislaci\u00f3n sectorial vigente, la adquisici\u00f3n de plazas, cuotas u otros derechos de car\u00e1cter p\u00fablico y limitado.<\/li>\n\n\n\n<li>Las edificaciones, construcciones o instalaciones en las que se desarrollen actividades sujetas a la previa declaraci\u00f3n de inter\u00e9s general a que se refiere la Ley 6\/1997, de 8 de julio, de <strong>suelo r\u00fastico de las Illes Balears<\/strong>, cuando la actividad de que se trate en cada caso no sea declarada de inter\u00e9s general de acuerdo con el art\u00edculo 26 de la citada Ley, sin que resulte aplicable a los efectos de la presente disposici\u00f3n adicional el inciso final del art\u00edculo 30.3 de dicha Ley.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Por lo tanto, cualquier solicitud relacionada con las edificaciones, construcciones, instalaciones o usos mencionados anteriormente deber\u00e1 ser rechazada, previa realizaci\u00f3n de las comprobaciones necesarias que se consideren pertinentes para este fin.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Informes y autorizaciones de la Amnist\u00eda Urban\u00edstica<\/h2>\n\n\n\n<p>En el expediente correspondiente, solo deben incluirse los informes o autorizaciones sectoriales exigidos por la normativa estatal o europea aplicable a la legalizaci\u00f3n ordinaria de actos y usos no conformes con la legislaci\u00f3n urban\u00edstica vigente.<\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo con ello,&nbsp;<strong>no son exigibles<\/strong>, entre otros informes o autorizaciones previstos en la normativa auton\u00f3mica o local, el informe del <strong>art\u00edculo 36.2 de la Ley 6\/1997<\/strong> antes mencionada.Es decir no es necesario el informe del Consell Insular sobre parcela minima e impacto paisaj\u00edstico.<\/p>\n\n\n\n<p>El plazo m\u00e1ximo para resolver y notificar la resoluci\u00f3n final a la persona interesada es de<strong>&nbsp;seis meses<\/strong>, y el efecto del transcurso de este plazo m\u00e1ximo habilita al interesado&nbsp;<strong>a considerar desestimada<\/strong>&nbsp;la solicitud por silencio negativo, sin perjuicio de la obligaci\u00f3n del ayuntamiento de resolver y de notificar la resoluci\u00f3n expresa.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img decoding=\"async\" width=\"1000\" height=\"681\" src=\"https:\/\/www.acsibiza.com\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/amnistia-urbanistica-isla-ibiza.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-5140\" srcset=\"https:\/\/www.acsibiza.com\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/amnistia-urbanistica-isla-ibiza.jpg 1000w, https:\/\/www.acsibiza.com\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/amnistia-urbanistica-isla-ibiza-300x204.jpg 300w, https:\/\/www.acsibiza.com\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/amnistia-urbanistica-isla-ibiza-768x523.jpg 768w, https:\/\/www.acsibiza.com\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/amnistia-urbanistica-isla-ibiza-18x12.jpg 18w\" sizes=\"(max-width: 1000px) 100vw, 1000px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>La resoluci\u00f3n que otorgue, en su caso, la licencia de legalizaci\u00f3n extraordinaria de una vivienda deber\u00e1 incluir de manera expl\u00edcita la prohibici\u00f3n de utilizarla para la comercializaci\u00f3n de estancias tur\u00edsticas, una condici\u00f3n que <strong>deber\u00e1 ser inscrita en el Registro de la Propiedad<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta disposici\u00f3n entrar\u00e1 en vigor una vez que el consejo insular correspondiente adopte y publique el acuerdo plenario para implementar este procedimiento en su \u00e1mbito territorial. Dicho acuerdo ser\u00e1 publicado en el Bolet\u00edn Oficial de las Illes Balears, momento a partir del cual comenzar\u00e1 a contarse el plazo de tres a\u00f1os para presentar solicitudes de legalizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Solicitudes tramitadas y resueltas<\/h3>\n\n\n\n<p>Todas las solicitudes presentadas dentro de este per\u00edodo deber\u00e1n ser tramitadas y resueltas conforme a lo establecido en esta disposici\u00f3n, independientemente de si la resoluci\u00f3n del procedimiento ocurre <strong>dentro del plazo de tres a\u00f1os o posteriormente<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>En los casos que adem\u00e1s se trate de una actividad Clasificada, una vez concedida la licencia de legalizaci\u00f3n extraordinaria y ejecutadas, si procede, las modificaciones previstas en el proyecto de actividades, se tiene que presentar la declaraci\u00f3n responsable correspondiente, junto con la documentaci\u00f3n adicional que corresponda, en los t\u00e9rminos que establecen los <strong>art\u00edculos 42 y 43 y el resto de disposiciones concordantes de la Ley 7\/2013<\/strong> de actividades clasificadas.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Conclusi\u00f3n sobre la Amnist\u00eda Urban\u00edstica<\/h2>\n\n\n\n<p>La <strong>amnist\u00eda urban\u00edstica<\/strong> permite la regularizaci\u00f3n extraordinaria de edificaciones y usos en suelo r\u00fastico cuando la acci\u00f3n de restablecimiento de la legalidad urban\u00edstica ha prescrito. Este procedimiento, vigente durante tres a\u00f1os, requiere que los interesados presenten una solicitud con un proyecto t\u00e9cnico que incluya medidas ambientales para eficiencia energ\u00e9tica y reducci\u00f3n de impactos. <strong>Las tasas de legalizaci\u00f3n<\/strong> se calculan en funci\u00f3n del coste material de la edificaci\u00f3n, con descuentos para contribuyentes con ingresos bajos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>No obstante, ciertas construcciones, como las situadas en dominio p\u00fablico o sujetas a expropiaci\u00f3n, quedan excluidas del proceso. Adem\u00e1s, las edificaciones legalizadas no podr\u00e1n destinarse a usos tur\u00edsticos y deber\u00e1n cumplir con las normativas locales y estatales aplicables.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00a1Si necesita evaluar la posibilidad de regularizar su vivienda<\/strong> o edificaci\u00f3n a trav\u00e9s del proceso de legalizaci\u00f3n extraordinaria, no dude en ponerse en contacto con nosotros; estaremos encantados de ayudarle!<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La amnist\u00eda urban\u00edstica ofrece una soluci\u00f3n legal para regularizar edificaciones en suelo r\u00fastico que incumplen la normativa. Este proceso extraordinario permite a los propietarios obtener seguridad jur\u00eddica y cumplir con las exigencias legales y ambientales. Descubre aqu\u00ed c\u00f3mo aprovechar esta oportunidad en Baleares. Legalizaci\u00f3n extraordinaria de viviendas en suelo r\u00fastico Proceso extraordinario para la legalizaci\u00f3n [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":8,"featured_media":5138,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[74],"tags":[208,210,209,7,211],"class_list":["post-5137","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-amnistia","tag-legalizacion","tag-leyes","tag-urbanismo","tag-viviendas"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.acsibiza.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5137","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.acsibiza.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.acsibiza.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.acsibiza.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/8"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.acsibiza.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5137"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.acsibiza.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5137\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5156,"href":"https:\/\/www.acsibiza.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5137\/revisions\/5156"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.acsibiza.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5138"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.acsibiza.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5137"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.acsibiza.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5137"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.acsibiza.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5137"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}