Concepto de Fuera de Ordenación

Si quieres comprar o vender una finca, has de saber que las edificaciones y construcciones pueden estar en situación de inadecuación o de fuera de ordenación.
Según el art. 129 de la Ley de Urbanismo de las Islas Baleares (LUIB), describe los tres supuestos en los que una construcción, edificación, instalación o uso se considerará que está en situación de fuera de ordenación:

Las edificaciones que de conformidad con el planeamiento vigente queden sujetas a expropiación, cesión obligatoria y gratuita o derribo.
En estos casos, no se podrán autorizar obras de consolidación, de aumento de volumen ni de modernización.
Se podrán autorizar excepcionalmente, con renuncia expresa a su posible incremento del valor de expropiación, reparaciones que exijan la salubridad pública, la seguridad y la higiene de las personas que residan en ellas.

Las edificaciones o construcciones ejecutadas sin licencia o con licencia anulada, aunque ya no corresponda la adopción de medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística que impliquen la demolición aplicable en su caso.
En este supuesto No se podrá hacer ningún tipo de obra. Si además se han ejecutado a partir del 1 de marzo de 1987, tampoco se podrá obtener la contratación de servicios de suministro de energía eléctrica, gas, agua, saneamiento, teléfono, telecomunicaciones etc.

Las edificaciones o construcciones implantadas legalmente en las que se hayan ejecutado obras, de ampliación o de reforma, o cambio de uso sin disponer de licencia o con licencia que haya sido anulada.
En la parte legal se permitirán obras de salubridad, seguridad, higiene, reparación, consolidación y también reforma.
Se podrán autorizar obras necesarias para el cumplimiento de las normas de prevención de incendios y de accesibilidad y el código técnico de la edificación.
En la parte ilegal no se podrá realizar ningún tipo de obra.

Por lo tanto antes de adquirir una propiedad, especialmente si se trata de una finca en suelo rústico que disponga de alguna edificación o construcción que se encuentre en situación de fuera de ordenación, puede ocurrir que el Registro de la Propiedad inscriba esta situación como carga, por lo que se una venta de la misma se complicaría, ya que sería muy difícil que un banco pudiera conceder una hipoteca sobre la finca que se encuentra en la situación de fuera de ordenación.

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